De
acuerdo al artículo 14 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una
Vida Libre de violencia, comprende todo acto sexista o conducta inadecuada que
tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual,
psicológico, emocional, laboral, económico o patrimonial; la coacción o la
privación arbitraria de la libertad, así como la amenaza de ejecutar tales
actos, tanto si se producen en el ámbito público como en el privado.
https://www.youtube.com/watch?time_continue=8&v=NQ8-RQ4wjWE

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