“Quien se atreve a enseñar, nunca debe dejar de aprender”, John Cotton Dana

jueves, 7 de marzo de 2019

Relaciones de género. Salud y sexualidad.


Los seres humanos tienen el derecho al goce de una vida sexual plena y libre, y esto  garantizan los derechos sexuales y reproductivos. Estos son derechos humanos interpretados desde el punto de vista de la sexualidad y reproducción de hombres y mujeres. Están establecidos en los principios más básicos de los derechos humanos de los cuales son un componente fundamental y los intereses que protegen son diversos.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 dedica su Título III a los derechos humanos y garantías, y en su Artículo 19 establece que El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen.

El Artículo 21 reconoce que Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia: No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona. La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

Los derechos sexuales comprenden la capacidad de mujeres y hombres de expresar y disfrutar de forma autónoma y responsable de su sexualidad, sin riesgo de enfermedades trasmitidas sexualmente, embarazos no deseados, coerción, violencia y discriminación. Permiten a los seres humanos construir y ejercer libremente múltiples identidades sexuales de acuerdo con sus intereses, convicciones y proyecto de vida, como requisito para la libertad.

Estos derechos se apoyan básicamente en los siguientes preceptos:
  1. La capacidad de hombres y mujeres de disfrutar de relaciones sexuales satisfactorias.
  2. La ausencia de toda clase de violencia, coacción o abuso.
  3. El acceso a servicios de salud sexual que permitan atender y prevenir las infecciones, dolencias y enfermedades que afecten el ejercicio placentero de la sexualidad, incluidas las de transmisión sexual y el VIH/Sida.
  4. El reconocimiento de la independencia entre sexualidad y reproducción. Los Derechos Sexuales incluyen, entre otros el derecho a:
    1. Ser reconocidos como seres sexuados (hombres y mujeres). 
    2. fortalecer la autoestima y autonomía para adoptar decisiones sobre la sexualidad.
    3. Explorar y a disfrutar de una vida sexual placentera, sin vergüenza, miedos, temores, prejuicios, inhibiciones, culpas, creencias infundadas y otros factores que impidan la libre expresión de los derechos sexuales y la plenitud del placer sexual.
    4. Vivir la sexualidad sin sometimiento a violencia, coacción, abuso, explotación o acoso.
    5. Escoger las y los compañeros sexuales.
    6. Pleno respeto por la integridad física del cuerpo y sus expresiones sexuales.
    7. Decidir si se quiere iniciar la vida sexual o no, o si se quiere ser sexualmente activo o activa o no.
    8. Tener relaciones sexuales consensuadas.
    9. Decidir libremente si se contrae matrimonio, se convive con la pareja o si permanece solo o sola.
    10. Expresar libre y autónomamente la orientación sexual.
    11. Protegerse del embarazo y de las infecciones y enfermedades de transmisión sexual.
    12. Tener acceso a servicios de salud sexual de calidad. Los criterios básicos de calidad son: buen trato, eficiencia, confidencialidad, accesibilidad geográfica y económica.
    13. Contar con información oportuna, veraz y completa sobre todos los aspectos relacionados con la sexualidad, por ejemplo, conocer cómo funciona el aparato reproductor femenino y masculino y cuáles son las infecciones y enfermedades que se pueden adquirir a través de las relaciones sexuales.

 
Los Derechos Reproductivos incluyen el derecho a:
  1. Decidir libre y responsablemente el número de hijos y el intervalo entre ellos, y a disponer de la información, educación y medios para lograrlo.
  2. Decidir de manera libre y responsable la posibilidad de ser padres o madres.
  3. Decidir libremente el tipo de familia que se quiere formar.
  4. Acceder a métodos anticonceptivos seguros, aceptables y eficaces (incluyendo la anticoncepción de emergencia).
  5. No sufrir discriminaciones o tratos desiguales por razón del embarazo o maternidad, en el estudio, trabajo o dentro de la familia.
  6. Tener acceso a servicios de salud y atención médica que garanticen una maternidad segura, libre de riesgos en los períodos de gestación, parto y lactancia y se brinde las máximas posibilidades de tener hijos sanos.
  7. Contar con servicios educativos e información para garantizar la autonomía reproductiva.
  8. Tener acceso a los beneficios del progreso científico, para contar con servicios accesibles que satisfagan las necesidades dentro de los mejores estándares de calidad.


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